El 17 de enero del año 2008 cambio la historia de la familia del agricultor Ever Urquína Rojas, varios militares de la compañía Ébano del Batalló Magdalena lo retuvieron ilegalmente y luego apareció muerto.
Por: Héctor Fabio Muñoz Figueroa – @heffamu1
Varios años de dolor debieron padecer los familiares de Ever Urquína Rojas, un agricultor oriundo de Acevedo y que el 17 de enero del año 2008 extrañamente desapareció de Pitalito y apareció muerto en un paraje de la vereda El Carmen de San Agustín.
Tras varios años de investigación, se estableció que la victima había muerto en un acto de ejecución extrajudicial o “falso positivo”, fenómeno violatorio del Derecho Internacional Humanitario que entre los años 2002 y 2010 acrecentó dramáticamente su número de casos como respuesta al estimulo que superiores de la jerarquía militar y gubernamental imponían por presentar bajas a las filas de la insurgencia.
La familia del fallecido, instauro la demanda correspondiente sin imaginar que varios militares adscritos al Batallón de Infantería No. 27 Magdalena habían sido los determinadores y ejecutores del crimen que cambio sus vidas.
Las autoridades judiciales efectuaron las pesquisas, concluyendo determinantemente que al hombre lo asesinaron para acceder a estímulos económicos y asensos; luego de eso fue más fácil establecer la identidad de los participes del crimen y su posterior búsqueda y captura.

Fue así, como uno a uno fueron detenidos el Sargento Segundo William Andrés Capera Vargas, el Cabo Tercero José Roldán López Cerón y los soldados profesionales José Yati Anacona Bueno, José Alfredo Córdoba Vargas, Óscar Mauricio Álvarez Cuéllar, Humberto Javier Cerón Sánchez, Jorge Eliécer Urbano Ortiz, Eliécer Alfonso Jojoa Ruiz, Faiver Hernán Buesaquillo Quinayás, Darío Zúñiga Ruiz, Yiminson Hurtado Hurtado y Jhon Kennedy Guevara Campo, todos pertenecientes a la compañía ‘Ébano’, siendo comandante del Batallón Magdalena el teniente coronel, Marcos Evangelista Pinto Lizarazo.
De ahí en adelante se llevaron a cabo un sinnúmero de audiencias en las que el ente acusador y la defensa de los militares se entramaron en argumentaciones que concluyeron con el hallazgo de culpas en varios niveles de responsabilidad de los uniformados en la muerte inerme del agricultor.

La sentencia no se hizo esperar y las penas impuestas por los delitos de desaparición forzosa y homicidio agravado, les fue dictada por pena privativa de la libertad de 20 años al comandante de la sección que acometió el crimen.
Pero en las ultimas horas y luego de solicitar acogerse a los beneficios de la Justicia Especial para la Paz JEP que por merito de los acuerdos suscritos entre el gobierno nacional y la organización Farc, bajo el argumento que el crimen fue cometido como acto propio del conflicto armado, un juez de dicha jurisdicción especial decidió poner en libertar condicional a cinco de los doce militares.
En tal sentido, el Tribunal Superior de Neiva revocó las órdenes de captura proferidas por el Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado y les concedió la libertad condicionada a los ex militares José Yati Anacona Bueno, José Alfredo Córdoba Vargas, Faiver Hernán Buesaquillo Quinayás, Óscar Mauricio Álvarez Cuéllar y Humberto Javier Cerón Sánchez, indicando que por su fuero serán beneficiarios de un tratamiento especial diferenciado para los agentes del Estado que hayan sido condenados, procesados o investigados por conductas con ocasión con relación directa o indirectas con el conflicto armado, en el ámbito de la Jurisdicción Especial de Paz.

Los restantes seis fueron acusados por abuso de autoridad y omisión de denuncia a Jorge Eliécer Urbano Ortiz, Darío Zúñiga Ruiz, Jiminson Hurtado Hurtado, John Kenedy Guevara Campo y Eliécer Alonso Jojoa Ruiz.
Indagaciones judiciales establecieron que Ever Urquína Rojas, fue abordado por militares que lo condujeron en una moto hasta la vereda El Carmen de San Agustín, allí le cambiaron sus ropas y lo acribillaron de varios impactos y posteriormente lo enterraron.
Su cadáver fue hallado por vecinos del sector y la exhumación se produjo doce días después del crimen, fotografías y cotejos lograron establecer que se trataba de una ejecución extrajudicial estimulada por la política de Seguridad Democrática.

El 2 de septiembre de 2015 por la Fiscalía 76 Especializada de Derechos Humanos estableció la responsabilidad de los militares como como coautores de homicidio agravado, desaparición forzada y abuso de autoridad. En un proceso disciplinario independiente, los militares fueron destituidos de la institución y sancionados por la Procuraduría.

El proceso de investigación permitió establecer que fue el Sargento Segundo William Andrés Capera Vargas fue el determinador del crimen y quien además involucró al personal a su cargo que tras las investigaciones lo delató y con dichas pruebas fue capturado el 19 de agosto de 2016 en Medellín Antioquia.
El juicio condenatorio se produjo el pasado 31 de octubre de 2017, pero al elevarse la solicitud de inclusión de los acusados en los beneficios de la Jurisdicción Especial para la Paz JEP, se determinó que estos son objeto de dichas excepciones.

