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martes, septiembre 8, 2026

Amplían plazos para trámites de actualización en la Cámara de Comercio de Neiva

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Por determinación de la Confederación Nacional de Cámaras de Comercio CONFECAMARAS, al 40% de los trámites que las empresas y los contribuyentes debían realizar hasta el próximo 31 de marzo, les fue ampliado el plazo.

Por: Hector Fabio Muñoz Figueroa – @hefamu1

Ante la petición de los usuarios para que se flexibilizaran los plazos en la actualización de trámites como la Matricula Mercantil, el registro de Entidades Sin Ánimo de Lucro ESAL, el Registro Único de Proponentes RUP, el Registro Nacional de Turismo RNT, el Registro Único Nacional de Entidades Operadoras de Libranza RUNEOL y el Registro Único Empresarial RUES, entre otros, la Cámara de Comercio de Neiva acogió la petición y amplió los plazos respectivos.

La medida que fue reglamentada por decisión del Gobierno Nacional a través del Decreto 434 de 2020, con ocasión de la emergencia sanitaria que se está presentando en todo el país por el riesgo de propagación del coronavirus COVID-19, permitió que se ampliara el plazo previsto para la renovación de registros que integran el Registro Único Empresarial y Social (RUES).

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Ariel Rincón Machado el presidente ejecutivo de la Cámara de Comercio de Neiva, indicó que acogiéndose a la directiva nacional la entidad amplió el plazo para realizar la actualización del registro mercantil hasta el próximo viernes 3 de julio.

Otros trámites como el registro de Entidades Sin Ánimo de Lucro ESAL, el Registro Nacional de Turismo RNT y el Registro Único Nacional de Entidades Operadoras de Libranza RUNEOL, así como la actualización y registro del Registro Único Empresarial RUES y el Registro Único de Proponentes RUP tanto para personas naturales y jurídicas nacionales y extranjeras, tendrán fecha de actualización hasta el quinto día hábil del mes de Julio (7 de julio).

El Decreto 434 también señala que las reuniones ordinarias de asambleas (reguladas en el art 422 del Código de Comercio), correspondientes al ejercicio del año 2019, podrán realizarse hasta dentro de los 20 días hábiles siguientes a la finalización de la emergencia. Esta norma cobija a todas las personas jurídicas, sin excepción.

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